
El Subsidio por Fallecimiento es un apoyo financiero que se otorga en caso de fallecimiento de un asociado/a activo/a. Este respaldo económico es acreditado a aquellos beneficiarios que el titular haya registrado. Este servicio social se comenzó a prestar en marzo de 1988, según consta en el Acta Nro. 88 de nuestra institución.
Actualmente muchos titulares ABONAN el costo mensual del subsidio pero no han consignado sus beneficiarios.
¿Cómo saber si estoy abonando el subsidio?
La prestación aparece en la factura de “Otros Servicios” como “Subsidio por Fallecimiento”.
¿Cómo puedo solicitarlo si aún no estoy inscripto/a?
Se solicita en la Cooperativa y se completa una planilla donde se deja designado el / los beneficiario/s.
➡️ Para incorporar y percibir esta prestación, es necesario:
🔹 Tener una antigüedad mínima como socio activo de la Cooperativa de 6 meses.
🔹 Ser persona física o jurídica.
🔹 No estar en mora en el pago de facturas de servicios.
➡️ Aclaraciones:
- El titular tendrá la facultad de modificar el o los beneficiarios las veces que lo estime conveniente, teniendo presente que será válida a los fines de la liquidación del subsidio la última modificación que se efectúe.
- Cuando el titular no designe beneficiario, o por cualquier causa que haga ineficaz o quede sin efecto la designación, se entenderá que designó a los herederos legales.
- Se reconoce como subsidio al equivalente el PESOS de 2183 Kwh, sin impuestos, correspondiente a la tarifa de energía eléctrica, categoría residencial, consumo mayor de 1400 Kwh, escala más de 120 Kwh.-
📞 Para más información, comuníquese con nosotros al 3534788516.
Horario de atención: de lunes a viernes de 07 a 14 hs.
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